Artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos
Artículo 25.- El estatuto del partido determinará al
integrante del Órgano Ejecutivo que tendrá su representación
judicial y extrajudicial.
Artículo 25.- El estatuto del partido determinará al
integrante del Órgano Ejecutivo que tendrá su representación
judicial y extrajudicial.