Artículo 59 de la Ley de Mercado de Valores
Artículo 59. Con pena de presidio menor en su grado
máximo a presidio mayor en su grado mínimo será sancionado:
a) El que actuando por cuenta de un emisor de valores de
oferta pública proporcionare información falsa al mercado
sobre la situación financiera, jurídica, patrimonial o de
negocios del respectivo emisor.
b) El que a sabiendas otorgare una clasificación de
riesgo que no corresponda al riesgo de los valores que
clasifique.
c) El que, siendo socio de una empresa de auditoría
externa, dictaminare falsamente o entregare antecedentes falsos
sobre la situación financiera o patrimonial u otras
materias sobre las cuales hubieren manifestado su opinión,
certificación, dictamen o informe de una entidad sujeta a la
fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero.
d) El director, gerente o apoderado de una bolsa de
valores que diere certificación falsa sobre las operaciones que
se realicen en ella y el corredor de bolsa o agente de
valores que diere certificación falsa sobre las operaciones
en que haya intervenido.
e) El que efectuare transacciones en valores con el
objeto de mantener o alterar artificialmente en el mercado el
precio de uno o varios valores.
f) El que efectuare cotizaciones o transacciones
ficticias, divulgare información falsa o se valiere de cualquier
otra conducta engañosa semejante de un modo apto para
transmitir señales falsas al mercado en cuanto a la oferta, la
demanda o el precio de uno o varios valores, o que de
otro modo sean idóneas para incidir en las decisiones del
público inversor.
g) El que, fuera de los casos previstos en las letras
anteriores, proporcionare información falsa al mercado por
cuenta de una persona sujeta a la fiscalización de la
Comisión para el Mercado Financiero, en registros, prospectos,
declaraciones o informes exigidos por ley o por la referida
autoridad con carácter general, de un modo apto para
incidir en las decisiones del público inversor u ocultar
aspectos relevantes para conocer el patrimonio o la situación
financiera o jurídica de la persona.