Artículo 9 de la Ley Valdés
Artículo 9°.- Sustitúyese en el inciso séptimo del
artículo 69 de la ley N° 18.681, la expresión "se deberán" por
la frase "la Universidad infractora deberá".
Artículo 9°.- Sustitúyese en el inciso séptimo del
artículo 69 de la ley N° 18.681, la expresión "se deberán" por
la frase "la Universidad infractora deberá".