Artículo 19 de la Ley Valdés

Artículo 19.- Información a la Cámara de Diputados. El
Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
informará anualmente y por escrito a la Comisión de Hacienda de
la Cámara de Diputados acerca del uso de los beneficios
tributarios contenidos en esta ley y del número de proyectos
aprobados por el Comité.