Artículo final de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Calificador de Elecciones

ARTICULO FINAL El artículo 84 de la Constitución
Política entrará en vigencia con la publicación de la
Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos,
debiendo el Tribunal Calificador de Elecciones
constituirse dentro de décimo día.

No obstante, para los efectos de la calificación
de la primera elección de Senadores y Diputados, el
artículo 84 de la Constitución Política entrará en
vigencia, en lo pertinente, sesenta días antes de la
fecha en que debe realizarse su convocatoria.