Artículo 3 de la Ley de Tránsito
Artículo 3°.- Las licencias de conductor concedidas
de acuerdo con la Ordenanza General del Tránsito
continuarán vigentes por el período para el cual
fueron otorgadas.
INCISO SEGUNDO DEROGADO
Artículo 3°.- Las licencias de conductor concedidas
de acuerdo con la Ordenanza General del Tránsito
continuarán vigentes por el período para el cual
fueron otorgadas.
INCISO SEGUNDO DEROGADO