Artículo 1 de la Ley Orgánica Constitucional que Fija Planta del Servicio Electoral
Artículo 1º.- Fíjase la Planta de Personal del Servicio
Electoral que a continuación se indica, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 5º del decreto con fuerza de
ley Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº
18.834:
Planta/Cargos Grados Nº cargos
I.
PLANTA DE DIRECTIVOS
JEFE SUPERIOR DEL SERVICIO
Director, Primer Nivel Jerárquico
Título VI ley Nº19.882
1 C1
Planta/Cargos Grados Nº cargos
DIRECTIVOS AFECTOS AL TÍTULO VI LEY Nº 19.882
Subdirectores 2° 3
Jefes de
División 3° 8
Directores
Regionales 5° 8
Directores Regionales
6° 7
DIRECTIVOS DE CARRERA
Jefes Sub departamento 4° 8
Directivos 7° 5
Directivos
8° 5
Directivos
9° 5
Directivos 10°
6
Total Directivos 56
II. PLANTA DE PROFESIONALES
Profesionales 4° 4
Profesionales 5° 4
Profesionales
6° 5
Profesionales
7° 8
Profesionales 8°
8
Profesionales 9° 8
Profesionales 10° 5
Profesionales 11° 4
Profesionales
12° 4
Total Profesionales 50
III. PLANTA DE TÉCNICOS
Técnicos 9° 6
Técnicos
10° 6
Técnicos
11° 6
Técnicos
12° 8
Técnicos 13°
9
Técnicos 14° 10
Técnicos 15° 10
Total Técnicos 55
IV. PLANTA DE ADMINISTRATIVOS
Administrativos 10° 5
Administrativos 11° 5
Administrativos
12° 5
Administrativos
13° 6
Administrativos 14°
12
Administrativos 15° 10
Administrativos 16° 13
Administrativos 17° 15
Administrativos
18° 14
Total Administrativos 85
V. PLANTA DE AUXILIARES
Auxiliares 19° 5
Auxiliares 20° 8
Auxiliares
21° 12
Auxiliares
22° 10
Total Auxiliares 35
Total Planta 212
Se podrá contratar personal a contrata o a honorarios a
suma alzada o asimilado a grados, en forma transitoria, al
margen de los cargos contemplados en la Planta.
El Director podrá contratar a este personal mediante
resolución, previa visación de la Dirección de Presupuestos.