Artículo 4 de la Ley Lorca
Artículo 4° Declárase de utilidad pública y autorízase al
Presidente de la República para expropiar para la
Municipalidad de Viña del Mar los inmuebles comprendidos entre
las calles Ocho Norte por el Sur, Avenida General San Martín
y Jorge Montt por el Oriente, Balnerio Las Salinas por el
Norte y Océano Pacífico por el Poniente; y el inmueble
ubicado en Viña del Mar, Playas de Miramar, Avenida de la
Marina s/n frente a la subida Iberia del Cerro Castillo,
conocido con el nombre de Castillo Wulff y cuyo dominio corre
inscrito a nombre de su actual propietaria a fs. 1.013,
N° 1.206, del Registro de Propiedad del Conservador de
Bienes Raíces de Valparaíso, del año 1947.
Exceptúanse de la expropiación el inmueble
correspondiente al Sanatorio Marítimo signado en el Rol de Avalúos de la
comuna con el N° 228/1.
Las expropiaciones y el pago de las mismas se sujetarán a
las normas establecidas en el Título III del decreto con
fuerza de ley 224, de 22 de julio de 1953.