Artículo 22 de la Ley Orgánica Constitucional de Estados de Excepción
Artículo 22.- Deróganse todas las normas que autoricen
para suspender, restringir o limitar los derechos
constitucionales en situaciones de excepción.
Artículo 22.- Deróganse todas las normas que autoricen
para suspender, restringir o limitar los derechos
constitucionales en situaciones de excepción.