Artículo 22 de la Ley de la Contraloría General de la República
Artículo 22. Los Departamentos y la Secretaría
General dependerán directamente del Contralor. Los
Subdepartamentos podrán depender de los Departamentos o
directamente del Contralor, según lo resuelva éste en
atención a las necesidades del servicio.
La fiscalía de la Contraloría General dependerá
directamente del Contralor General.