Artículo 104 de la Ley de la Contraloría General de la República
Artículo 104. A la contestación deberán acompañarse
todos los documentos que el cuentadante estime
convenientes para su defensa.
Artículo 104. A la contestación deberán acompañarse
todos los documentos que el cuentadante estime
convenientes para su defensa.