Artículo 37 de la Ley Orgánica Constitucional de los Consejos Regionales de Desarrollo
Artículo 37.- Los planes de desarrollo de la región
deberán ajustarse a las políticas y planes nacionales de
desarrollo.
Artículo 37.- Los planes de desarrollo de la región
deberán ajustarse a las políticas y planes nacionales de
desarrollo.