Artículo 366 del Código del Trabajo

Art. 366.- Inicio de la negociación y contenido del
proyecto. La negociación deberá iniciarse con la presentación
de un proyecto de convenio colectivo con las condiciones
comunes de trabajo y remuneraciones para un período de
tiempo, temporada u obra o faena transitoria determinada.

El proyecto de convenio colectivo deberá contener, a lo
menos, las siguientes menciones:

1. La identificación de la organización que
presenta el proyecto y la individualización de los miembros de la
comisión negociadora sindical de conformidad a las reglas
del artículo 330, con indicación de un domicilio y correo
electrónico.

2. Las cláusulas que se proponen a la empresa.

3. El ámbito de la negociación.

4. La determinación de la obra o faena o período de
tiempo comprendido en la negociación.