Artículo 329 del Código del Trabajo
Art. 329.- Presentación del proyecto de
contrato
colectivo y negativa del empleador a
recibirlo. Copia del
proyecto de contrato
colectivo presentado por el o los
sindicatos,
firmada por el empleador para acreditar que ha
sido
recibido por este, con la fecha de
recepción estampada en
él, deberá entregarse a
la Inspección del Trabajo
respectiva, dentro de
los cinco días siguientes a su
presentación.
Si el empleador se negare a recibir o
certificar la
recepción del proyecto, el
sindicato deberá requerir a la
Inspección del
Trabajo, dentro de los tres días siguientes a
la
negativa, para que notifique el proyecto de
contrato
al empleador en el más breve plazo.