Artículo 329 del Código del Trabajo

Art. 329.- Presentación del proyecto de contrato
colectivo y negativa del empleador a recibirlo. Copia del
proyecto de contrato colectivo presentado por el o los
sindicatos, firmada por el empleador para acreditar que ha sido
recibido por este, con la fecha de recepción estampada en
él, deberá entregarse a la Inspección del Trabajo
respectiva, dentro de los cinco días siguientes a su
presentación.

Si el empleador se negare a recibir o certificar la
recepción del proyecto, el sindicato deberá requerir a la
Inspección del Trabajo, dentro de los tres días siguientes a
la negativa, para que notifique el proyecto de contrato
al empleador en el más breve plazo.