Artículo 328 del Código del Trabajo
Art. 328.- Contenido del proyecto de
contrato colectivo.
En la presentación del
proyecto de contrato colectivo se
deberán
explicitar, a lo menos, las cláusulas que se
proponen, la vigencia ofrecida, la comisión
negociadora
sindical y el domicilio físico y
electrónico de el o los
sindicatos respectivos.
En esta misma oportunidad deberán
presentar la
nómina de los trabajadores que hasta ese
momento
se encuentren afiliados.
El sindicato podrá explicar los fundamentos
de su
propuesta de contrato y acompañar los
antecedentes que
sustenten su presentación.