Artículo 328 del Código del Trabajo

Art. 328.- Contenido del proyecto de contrato colectivo.
En la presentación del proyecto de contrato colectivo se
deberán explicitar, a lo menos, las cláusulas que se
proponen, la vigencia ofrecida, la comisión negociadora
sindical y el domicilio físico y electrónico de el o los
sindicatos respectivos. En esta misma oportunidad deberán
presentar la nómina de los trabajadores que hasta ese
momento se encuentren afiliados.

El sindicato podrá explicar los fundamentos de su
propuesta de contrato y acompañar los antecedentes que
sustenten su presentación.