Artículo 303 del Código del Trabajo
Art. 303.- Partes. Las partes deben
negociar de buena
fe, cumpliendo con las
obligaciones y plazos previstos en
las
disposiciones siguientes, sin poner obstáculos
que
limiten las opciones de entendimiento
entre ambas.
Para determinar si dos o más empresas deben
ser
consideradas como un solo empleador para
efectos de la
negociación colectiva, se estará a
lo dispuesto en los incisos
cuarto y siguientes
del artículo 3°.