Artículo 179 del Código del Trabajo
Art. 179. La empresa es responsable de las
actividades relacionadas con la capacitación
ocupacional de sus trabajadores, entendiéndose
por tal, el proceso destinado a promover,
facilitar, fomentar y desarrollar las aptitudes,
habilidades o grados de conocimientos de los
trabajadores, con el fin de permitirles mejores
oportunidades y condiciones de vida y de trabajo;
y a incrementar la productividad nacional,
procurando la necesaria adaptación de los
trabajadores a los procesos tecnológicos y a las
modificaciones estructurales de la economía, sin
perjuicio de las acciones que en conformidad
a la ley competen al Servicio Nacional de
Capacitación y Empleo y a los servicios e
instituciones del sector público.