Artículo 129 e del Código Sanitario
Artículo 129 E.- La responsabilidad sanitaria por la
infracción de las normas establecidas en esta ley se hará
efectiva de conformidad al Libro Décimo.
Artículo 129 E.- La responsabilidad sanitaria por la
infracción de las normas establecidas en esta ley se hará
efectiva de conformidad al Libro Décimo.