Artículo 416 del Código de Procedimiento Penal
Art. 416. (446) Si el fiscal se conformare con el
sobreseimiento, propondrá la aprobación del auto consultado;
pero, si creyere que el sumario arroja mérito para continuar
la causa, pedirá que se la siga adelante, elevándola a
plenario.
Podrá pedir también que se la reponga al estado de
sumario, cuando creyere que deban evacuarse algunas diligencias
además de las que han sido practicadas, e indicará con
precisión cuáles deban ser esas diligencias.