Artículo 526 del Código de Procedimiento Civil
Art. 526. (548). Si se han embargado o se embargan bienes
no comprendidos en la tercería, seguirá sin restricción
alguna respecto de ellos el procedimiento de apremio.
Art. 526. (548). Si se han embargado o se embargan bienes
no comprendidos en la tercería, seguirá sin restricción
alguna respecto de ellos el procedimiento de apremio.