Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil
Artículo 255.- Los documentos acompañados a la demanda
deberán impugnarse dentro del término de emplazamiento,
cualquiera sea su naturaleza.
Artículo 255.- Los documentos acompañados a la demanda
deberán impugnarse dentro del término de emplazamiento,
cualquiera sea su naturaleza.