Artículo 22 de la Constitución Pólitica de la República de Chile

Artículo 22.- Todo
habitante de la República debe
respeto a Chile y a sus emblemas
nacionales.

Los chilenos tienen el
deber fundamental de honrar a la
patria, de defender su
soberanía y de contribuir a
preservar la seguridad nacional
y los valores esenciales de
la tradición chilena.

El servicio militar y demás
cargas personales que
imponga la ley son obligatorios
en los términos y formas que
ésta determine.

Los chilenos en estado de
cargar armas deberán hallarse
inscritos en los Registros
Militares, si no están
legalmente exceptuados.