Artículo 471 del Código Procesal Penal
Artículo 471.- Control sobre las especies puestas a
disposición del tribunal. En el mes de junio de cada año, los
tribunales con competencia en materia criminal presentarán
a la respectiva Corte de Apelaciones un informe detallado
sobre el destino dado a las especies que hubieren sido
puestas a disposición del tribunal.