🛈 Haz doble-click en el texto para compartir la línea exacta del artículo o poder guardarla dirección en tus favoritos.
00:03

Artículo 86 del Código Penal

ART. 86.

Los condenados a penas privativas de libertad cumplirán
sus condenas en la clase de establecimientos carcelarios
que corresponda en conformidad al Reglamento respectivo.