Artículo 3 del Código Penal
ART. 3.
Los delitos, atendida su gravedad, se dividen en
crímenes, simples delitos y faltas y se califican de tales según
la pena que les está asignada en la escala general del art.
21.
ART. 3.
Los delitos, atendida su gravedad, se dividen en
crímenes, simples delitos y faltas y se califican de tales según
la pena que les está asignada en la escala general del art.
21.