Artículo 221 del Código Penal
ART. 221.
El empleado público que dictare reglamentos o
disposiciones generales excediendo maliciosamente sus atribuciones,
será castigado con suspensión del empleo en su grado medio.
ART. 221.
El empleado público que dictare reglamentos o
disposiciones generales excediendo maliciosamente sus atribuciones,
será castigado con suspensión del empleo en su grado medio.