Artículo 54 del Código Orgánico de Tribunales
Art. 54. Habrá en la República diecisiete Cortes de
Apelaciones, las que tendrán su asiento en las siguientes
comunas: Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena,
Valparaíso, Santiago, San Miguel, Rancagua, Talca, Chillán,
Concepción, Temuco, Valdivia, Puerto Montt, Coihaique y Punta
Arenas.