Artículo 395 del Código Orgánico de Tribunales
Art. 395. El acto por el cual una parte encomienda a un
procurador la representación de sus derechos en juicio, es
un mandato que se regirá por las reglas establecidas en el
Código Civil para los contratos de esta clase, salvas las
modificaciones contenidas en los artículos siguientes.