Artículo 39 ter del Código Orgánico de Tribunales
Art. 39 ter.- En la Decimoquinta Región, de Arica y
Parinacota, existirán los siguientes juzgados de letras:
A.- JUZGADOS CIVILES:
Tres juzgados con asiento en la comuna de Arica, con
competencia sobre las comunas de las provincias de Arica y
Parinacota.