Artículo 39 ter del Código Orgánico de Tribunales

Art. 39 ter.- En la Decimoquinta Región, de Arica y
Parinacota, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Tres juzgados con asiento en la comuna de Arica, con
competencia sobre las comunas de las provincias de Arica y
Parinacota.