Artículo 39 bis del Código Orgánico de Tribunales

Art. 39 bis. En la Decimocuarta Región, de Los Ríos,
existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con
competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS CON COMPETENCIA COMUN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con dos
jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina,
Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con dos
jueces, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y
Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con
dos jueces, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con dos
jueces, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con dos
jueces, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con dos
jueces, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y
Lago Ranco.