Artículo 39 del Código Orgánico de Tribunales

Art. 39. En la Décima Segunda Región, de Magallanes y
Antártica Chilena, existirán los siguientes juzgados de
letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Tres Juzgados con asiento en la comuna de Punta Arenas,
con competencia sobre las comunas de la provincia de
Magallanes;

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un Juzgado con asiento en la comuna de Natales, con dos
jueces, con competencia sobre las comunas de la provincia
de Última Esperanza.

Un Juzgado con asiento en la comuna de Porvenir, con
competencia sobre las comunas de la provincia de Tierra del
Fuego.

Un Juzgado con asiento en la comuna de Cabo de Hornos,
con competencia sobre las comunas de la Provincia de la
Antártica Chilena.