Artículo 31 del Código Orgánico de Tribunales
Art. 31. En la Cuarta Región, de Coquimbo, existirán los
siguientes juzgados de letras:
A.- JUZGADOS CIVILES:
Tres Juzgados con asiento en la comuna de La Serena, con
competencia sobre las comunas de La Serena y La Higuera;
Tres Juzgados con asiento en la comuna de Coquimbo, con
competencia sobre la misma comuna;
B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:
Un Juzgado con asiento en la comuna de Vicuña, con dos
jueces, con competencia sobre las comunas de Vicuña y
Paihuano;
Un Juzgado con asiento en la comuna de Andacollo, con
competencia sobre la misma comuna;
Tres Juzgados con asiento en la comuna de Ovalle, con
competencia sobre las comunas de Ovalle, Río Hurtado, Monte
Patria y Punitaqui;
Un Juzgado con asiento en la comuna de Combarbalá, con
competencia sobre la misma comuna;
Un Juzgado con asiento en la comuna de Illapel, con dos
jueces, con competencia sobre las comunas de Illapel y
Salamanca, y
Un Juzgado con asiento en la comuna de Los Vilos, con dos
jueces, con competencia sobre las comunas de Los Vilos y
Canela.