Artículo 270 del Código Orgánico de Tribunales
Art. 270. El Escalafón Judicial de antigüedad será
formado por la Corte Suprema, y se publicará en el Diario
Oficial, dentro de los quince primeros días del mes de Marzo de
cada año.
Art. 270. El Escalafón Judicial de antigüedad será
formado por la Corte Suprema, y se publicará en el Diario
Oficial, dentro de los quince primeros días del mes de Marzo de
cada año.