Artículo 2 del Colegio de Bibliotecarios
Artículo 2°.- Cinco de los miembros del primer Consejo
General permanecerán en ejercicio por dos años. Su
designación se efectuará por sorteo.
Artículo 2°.- Cinco de los miembros del primer Consejo
General permanecerán en ejercicio por dos años. Su
designación se efectuará por sorteo.