Artículo 81 del Código de Minería
Artículo 81.- Si el informe del Servicio no contiene
observaciones, el juez dictará la sentencia constitutiva de la
pertenencia o pertenencias.
Artículo 81.- Si el informe del Servicio no contiene
observaciones, el juez dictará la sentencia constitutiva de la
pertenencia o pertenencias.