Artículo 46 del Código de Minería

Artículo 46.- El terreno pedido o el manifestado es el
comprendido dentro de un cuadrado trazado imaginariamente en
el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el
punto medio o en el punto de interés, en su caso, y cuyo
perímetro encierra exactamente la superficie pedida o la
manifestada, en su totalidad. Dos de los lados de este cuadrado
tienen orientación U.T.M. norte sur.

Sin embargo, el peticionario o el manifestante podrá
optar por que el terreno pedido o el manifestado sea el
comprendido en un rectángulo, trazado imaginariamente en el
plano horizontal, cuyas diagonales se corten en el punto medio
o en el punto de interés, en su caso. Para estos efectos,
señalará en el pedimento o en la manifestación la
longitud de sus lados y cuáles de éstos tendrán la orientación
U.T.M. norte sur.

El largo y el ancho no podrán tener una relación superior
de cinco a uno.