Artículo 131 del Código de Minería

Artículo 131.- Si el juez acoge la demanda, fijará el
rumbo que deberá seguir el socavón y el máximo de amplitud
que podrá dársele dentro de los límites de la concesión
sirviente.

Si el fallo se aparta del informe del perito nombrado por
el juez, éste ordenará la confección de un nuevo plano en
que se indiquen el rumbo y amplitud fijados en la
sentencia.