Artículo 76 del Código de Derecho Internacional Privado
Art. 76. Son de orden público internacional las
disposiciones que en esta materia regulan el derecho a alimentos y
las que establecen para la adopción formas solemnes.
Art. 76. Son de orden público internacional las
disposiciones que en esta materia regulan el derecho a alimentos y
las que establecen para la adopción formas solemnes.