Artículo 281 del Código de Derecho Internacional Privado
Art. 281. Las obligaciones de los oficiales y gente de
mar y el orden interno del buque, se sujetan a la ley del
pabellón.
Art. 281. Las obligaciones de los oficiales y gente de
mar y el orden interno del buque, se sujetan a la ley del
pabellón.