Artículo 24 del Código de Derecho Internacional Privado

Art. 24. El domicilio legal del jefe de la familia se
extiende a la mujer y los hijos no emancipados, y el del
tutor o curador a los menores o incapacitados bajo su guardia,
si no dispone lo contrario la legislación personal de
aquellos a quienes se atribuye el domicilio de otro.