Artículo 176 del Código de Derecho Internacional Privado
Art. 176. Dependen de la ley personal de cada contratante
las reglas que determinen la capacidad o incapacidad para
prestar el consentimiento.
Art. 176. Dependen de la ley personal de cada contratante
las reglas que determinen la capacidad o incapacidad para
prestar el consentimiento.