Artículo 432 del Código de Comercio
Artículo 432.- Si el nombre de una sociedad fuere
idéntico o semejante a otra ya existente, ésta tendrá
derecho a demandar la modificación del nombre de aquélla
mediante juicio sumario.
Artículo 432.- Si el nombre de una sociedad fuere
idéntico o semejante a otra ya existente, ésta tendrá
derecho a demandar la modificación del nombre de aquélla
mediante juicio sumario.