Artículo 318 del Código de Comercio
Art. 318. Comisionista de transporte es aquel que,
en su propio nombre pero por cuenta ajena, trata con un
porteador la conducción de mercaderías de un lugar a
otro.
Art. 318. Comisionista de transporte es aquel que,
en su propio nombre pero por cuenta ajena, trata con un
porteador la conducción de mercaderías de un lugar a
otro.