Artículo 298 del Código de Comercio
Art. 298. El dominio de las mercaderías compradas y
recibidas por el comisionista pertenece al comitente, sin
perjuicio de la obligación impuesta al primero en el artículo
246.
Art. 298. El dominio de las mercaderías compradas y
recibidas por el comisionista pertenece al comitente, sin
perjuicio de la obligación impuesta al primero en el artículo
246.