Artículo 1018 del Código de Comercio
Art. 1018. Cuando se estampe una reserva en el
conocimiento de embarque u otro documento que haga
prueba del contrato de transporte, dicha reserva deberá
especificar las inexactitudes, los motivos de sospecha o
la falta de medios razonables para verificar los datos
del conocimiento o documento que fuera materia de la
objeción.