Artículo 966 del Código Civil
Art. 966. Será nula la disposición a favor de un
incapaz, aunque se disfrace bajo la forma de un contrato
oneroso o por interposición de persona.
Art. 966. Será nula la disposición a favor de un
incapaz, aunque se disfrace bajo la forma de un contrato
oneroso o por interposición de persona.