🛈 Haz doble-click en el texto para compartir la línea exacta del artículo o poder guardarla dirección en tus favoritos.
00:03

Artículo 699 del Código Civil

Art. 699. La tradición de los derechos personales
que un individuo cede a otro se verifica por la entrega
del título hecha por el cedente al cesionario.