Artículo 670 del Código Civil

Art. 670. La tradición es un modo de adquirir el
dominio de las cosas y consiste en la entrega que el
dueño hace de ellas a otro, habiendo por una parte la
facultad e intención de transferir el dominio, y por
otra la capacidad e intención de adquirirlo.

Lo que se dice del dominio se extiende a todos los
otros derechos reales.