Artículo 643 del Código Civil
Art. 643. La accesión es un modo de adquirir por el
cual el dueño de una cosa pasa a serlo de lo que ella
produce, o de lo que se junta a ella. Los productos de las
cosas son frutos naturales o civiles.
Art. 643. La accesión es un modo de adquirir por el
cual el dueño de una cosa pasa a serlo de lo que ella
produce, o de lo que se junta a ella. Los productos de las
cosas son frutos naturales o civiles.