Artículo 624 del Código Civil
Art. 624. La invención o hallazgo es una especie de
ocupación por la cual el que encuentra una cosa inanimada
que no pertenece a nadie, adquiere su dominio, apoderándose
de ella.
De este modo se adquiere el dominio de las piedras,
conchas y otras substancias que arroja el mar y que no
presentan señales de dominio anterior.
Se adquieren del mismo modo las cosas cuya propiedad
abandona su dueño, como las monedas que se arrojan para que
las haga suyas el primer ocupante.
No se presumen abandonadas por sus dueños las cosas
que los navegantes arrojan al mar para alijar la nave.